Víctor Sánchez. Primera Parte
La comparación es inevitable. Cuando surge el 27 constitucional, a
cuando se rompe con su esencia, en estos tiempos. De las condiciones de
antaño a las de hogaño. De los tiempos transformadores a los de “las
reformas de gran calado”. De la revolución contra la dictadura, a la
transición de la democracia neoliberal. De la forma escrita antes donde
el alcance era amplio: la electricidad es un monopolio exclusivo de
Estado, es propiedad intransferible de la Nación. A través de la CFE se
cumplirá el mandato del Constituyente. Las formas –como se ha dicho son
fondo- el nuevo Congreso va contra los monopolios del Estado y abre sus
puertas al mercado capitalista, donde imperan los monopolios
transnacionales “privados”. Es el ejemplo, se dice, pues todos los
países lo hacen. Sólo en México no ocurre. Así las mayorías han votado
sin permitir cambios en las propuestas –menos en las reservas- en ambas
cámaras e imponen en menos de un mes el libre mercado, igual sucedió con
los Congresos estatales avalando la reforma; más rápido no pudo ser. La
razón imperó en 1917, la fuerza de la mayoría en 2013.
La
forma escrita neoliberal es clara, rompe la soberanía económica y
política, deja sin esencia el 27 constitucional el decreto aprobado.
Inicia en el 26 con mantendrá “…siempre el Gobierno Federal la propiedad
y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que
en su caso se establezcan. Tratándose de la planeación y el control del
sistema eléctrico nacional y del servicio público de transmisión y
distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y
extracción de petróleo y demás hidrocarburos…”: el quebranto es notable.
Ya no es la nación. Sólo los organismos y empresas productivas del
Estado. Ya no es la industria eléctrica –el sistema nacional-, sino sólo
planeación y control de aquél, y adentro, tan sólo la transmisión y la
distribución. La generación que es la base y la comercialización que es
el término con los “clientes”, quedan para beneficio de empresas
particulares a las que se concesionarán estos “sectores” de la
industria. Así lo estipularon, quebrantar lo constitucional y
resquebrajar el sistema eléctrico nacional.
Y por si
queda duda precisa el 27: “el uso o el aprovechamiento de los recursos
de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas
conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante
concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal… Corresponde
exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema
eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y
distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán
concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda establecer contratos
con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que
determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las
demás actividades de la industria eléctrica.”
Como en los
buenos días de don Porfirio Díaz, cuando dictador, se beneficia con
concesiones a particulares y a sociedades anónimas –empresas de capital
extranjero- con concesiones otorgadas por el presidente, fueron de 50
años y se
repiten hoy, pues serán de 30 años pero renovables. El
presidente concesiona y la propiedad exclusiva nacional se reduce a la
transmisión y la distribución, que necesariamente serán contratadas a
los particulares para que fluya la energía generada que será de las
empresas extranjeras –inicio y fin-, con un porteo seguro y barato, de
modo que se venda a los clientes por esas empresas, pues la inversión de
capital privado así lo solicita para llegar al país.
Al
momento la mayoría de las empresas generadoras son españolas –Repsol,
Gas Natural, Fenosa, Iberdrola-, y parte de la
distribución/comercialización la tiene ya Wall Mart que revende a CFE,
el sobrante generado para sus 348 tiendas por el mayor parque eólico de
América Latina [coinversión con Eléctrica del Valle de México, en
realidad propiedad de la francesa EDF Energies Nouvelles; “La eólica
Clipper suministra aerogeneradores por 67 MW a México”, Hoja Caso AMDEE,
1/dic./2009]. En su momento el Banco Interamericano de Desarrollo
otorgó “préstamos por US$ 101 millones para dos proyectos que proveerán
de energía limpia a través de innovadoras asociaciones entre Cemex, Wall
Mart, empresas eléctricas españolas, francesas, comunidades rurales y
bancos multilaterales… sumarán un total de 318 MW en el Estado de
Oaxaca” [“BID financiará histórica expansión de la energía eólica en
México”, BID, noticias, comunicado de prensa, 15/dic./2009.]
El
28 constitucional reitera lo del 27. Los 3 artículos son una y la misma
cosa. Dirá La Suprema que no existe quebranto ni traición, pues el
decreto por “el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de
energía” cubrió los requisitos de aprobación en ambas Cámaras, la de
diputados y la de senadores. Se cumplió al aprobarse en el poder
soberano de la nación y además, “…el Estado al ejercer en ellas su
rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al
otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio… de
acuerdo con las leyes de materia… El poder ejecutivo contará con los
órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados
Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en
los términos que determine la ley.” [El Decreto, en la página de la
Cámara de Senadores, bajado el 2014-01-12].
Desde hace
años las empresas extranjeras operan y ejercen su dominio en las áreas
estratégicas de energía, han quebrantado la Constitución, por lo visto
se demuestra con la adecuación histórica de nuestra norma a sus
intereses. El tercero transitorio indica el camino: “los organismos
descentralizados Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad
se [convertirán en menos de 2 años] en empresas productivas del Estado”,
ambas podrán celebrar contratos con particulares.
El
cinismo de los neoliberales es semejante al de los científicos
porfirianos. Como entonces el territorio y el mercado nacionales se
entregan al capital monopolista extranjero. Por la modernidad, para
estar a la altura de los tiempos. No existe independencia económica,
pues la soberanía política se quebró.
Habremos de labrar alternativa frente al mal gobierno. Como entonces. Vale.
1 comentario:
Compañero Victor Sanchez,hasta donde estoy enterado, con la reforma a la ley del servicio público de energía eléctrica en 1992 se permitio al capital extranjero la producción, etc. etc.
Menciono esto,en principio, para decirte que esto que nos comentas relacionado a los arts. 26, 27 y 28 de la Constitución Mexicana, no es más que el seguimiento a algo que, a mi humilde manera de ver, ya se veía venir. Para Mi en estos momentos considero que es fundamental conocer sobre el inicio y el desarrollo de esta actividad que, según Yo, se viene presentando desde el año de 1982, cuando se plantea por parte de las autoridades la necesidad de flexibilizar los contratos colectivos de trabajo y se recrudece precisamente con la reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Electrica. Como te podrás dar cuenta no estoy muy bien informado al respecto, por lo mismo, fraternalmente te solicito me des tu opinión no solamente en cuanto al desarrollo de esta transformación en la Industria Eléctrica, sino también, tu valiosa opinión relacionada a qué sería mejor que hiciéramos los Jubilados para protegernos de acciones que van en contra de Nosotros Mismos y de nuestros familiares. Como ejemplo, te pongo el caso que mencionan mis Compañeros Martín Esparza, Antonio Almazan y Carlos Magariño en la reunión del Grupo de Jubilados llevada a cabo el 22 de Enero del año en curso en el salón de actos del SME, ubicado en Insurgentes 98, en la cual, se comenta por parte de estos Compañeros del Comité Central Y la Comisión de Trabajo, algo sobre la firma de un documento propuesto por el Grupo del Sr. Jorge Sanchez para que el C. Jubilado a cambio de la firma de un documento reciba cierta cantidad de dinero poniendo en riesgo con estas acciones
el pago de nuestra jubilación vitalicia como lo establece el Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre LyF y el SME y además, como lo señala, en su artículo correspondiente, el Decreto presidencial de extinción de LFC, firmado en Septiembre del año 2009.
Por tu atención a mi petición, quedo muy agradecido. Que sigas bien.
Manuel Valadez Dorantes Cred. SME 57637
Publicar un comentario