29 ago 2010

La extinción de Luz y Fuerza del Centro

La jornada OPINION

José Antonio Almazán González

Ni el principal capo del neoliberalismo en México, Salinas de Gortari, se atrevió a tanto. ¿Por qué razón? En 1986, cuando éste era secretario de Programación y Presupuesto, le correspondió impulsar la Iniciativa de creación de la Ley Federal de Entidades Paraestatales (LFEP), en cuyo artículo 16 se facultaba al Ejecutivo federal a disolver, liquidar o extinguir (este último concepto inexistente en la anterior Ley para el control de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal de 1947 y sus reformas de 1965 y 1970) cualquier organismo descentralizado que hubiese dejado de cumplir su objeto o ya no fuese "conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y el interés público".

Esta nueva ley, privatizadora por excelencia, se inscribió en el largo proceso no concluido de contrarreformas a principios básicos de la Constitución de 1917 y sus reformas progresivas de 1939 y 1960. En realidad el concepto de Extinción de organismos descentralizados fue una invención de Salinas, puesta en operación desde sus Resoluciones de febrero de 1985. Sin embargo, la contrarreforma salinista no pasó con su texto original pues los reductos del viejo PRI acotaron parcialmente las intenciones privatizadoras del grupo compacto de neoliberales que, cobijados por Miguel de la Madrid, empezaban a abrirse paso. Lo que se aprobó fue el texto que aún conocemos del artículo 16 de la LFEP, con el siguiente dictamen por parte de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aspecto omitido por los ministros de la SCJN el 5 de julio de 2010 en la interpretación de la LFEP.

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