Lic. Jesús Luna Arias Frecuencia Laboral
A 98 años de que se promulgó la Constitución
Política con el empuje de una clase obrera que surgió a finales del
siglo XIX y principios del XX, que reclamaba fehacientemente sus
derechos, principalmente por un salario justo y remunerador, una
jornada máxima de 8 horas y seguridad social que se incluyó en el
artículo 123 constitucional y después -en 1931 en la Ley Federal del
Trabajo- lo que tenemos ahora es una regresión en los derechos laborales
de casi 100 años.
Ahora los trabajadores están obligados a
trabajar más de 8 horas, sin la seguridad social, en condiciones de
detrimento. El salario mínimo ni es digno ni es remunerador.
Consecuentemente eso nos puede dar un indicador de cómo está la justicia
laboral. Está mal.
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