28 jul 2015

NO PROCEDE EL EMBARGO A USUARIOS DE LUZ

La Ley Protege a Quien Dejó de Pagar los Cobros Locos de CFE Pero Tiene su Queja
La CFE no Tiene Personalidad Jurídica para Cobrar o Realizar Embargos
Para un Embargo se Requiere que Antes Haya un Juicio Administrativo.

 Martín Esparza Flores 
 
Nos llamó la profesora Carmen Soto dijo que en el municipio de Ecatepec a los usuarios de la luz que se han negado a pagar los cobros excesivos les está llegando un papel rojo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en el que los amenazan con embargarlos si no liquidan su adeudo. Eso es ilegal, pues nadie puede embargar si no hay un juicio de por medio.
Ese juicio, de realizarse, lo ganarían los usuarios de luz que interpusieron su queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), porque hay una disposición en la ley que señala que cuando existe una queja depositada, por mal servicio o cobro indebido. En ese caso CFE, debe respetar y seguir dándoles el suministro de energía eléctrica a los usuarios. Para un embargo se necesita una orden de un juez y se tiene que emitir tras un juicio administrativo. 

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