17 feb 2013

Juicio político a la Corte

En entredicho, su honorabilidad y hasta el sentido común

Martín Esparza Flores Revista Siempre

Tras la monstruosidad jurídica engendrada por los ministros de la Corte en su fallo en contra del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), una encuesta realizada por un diario de circulación nacional demostró claramente que la mayoría de los mexicanos desaprobaron el inexplicable proceder del más Alto Tribunal que, en contraparte, dejó en libertad a la secuestradora francesa Florence Cassez. La atrocidad sigue siendo condenada por la sociedad en su conjunto, poniendo en entredicho la honorabilidad y hasta el sentido común de quienes integran el máximo órgano de justicia.

El país entero se pregunta, desde todos los ángulos de su indignación, si por su alta investidura un ministro puede violar las leyes sin recibir amonestación o castigo alguno. Al respecto, es importante señalar que el artículo 110 constitucional establece el juicio político como el mecanismo jurídico con que contamos los ciudadanos para fincar responsabilidades a quien, en su calidad de servidor público, incurra en violaciones a nuestra Constitución y a las leyes que de ella emanen.

La ciudadanía debe tener plena conciencia de que este instrumento jurídico y constitucional no es aplicable sólo a los políticos; además, se puede hacer extensivo a los ministros de la Corte que falten a su alta responsabilidad.

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